Artículo 52.
Artículo 52 de la Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona. · BOE-A-1981-6568
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-04-07.
Texto consolidado
La Corporación tendrá los empleados que, designados por la superioridad, figuren dotados en los Presupuestos del Estado, además de los que pueda costear con sus fondos propios.
El Secretario, como Jefe de Personal, dispondrá las horas de oficina, el orden de los trabajos y las demás reglas a que han de sujetarse los empleados y dependientes de la Corporación.