Artículo 52. Apoyo a las personas valencianas en el exterior.
Artículo 52 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-10640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-10.
Texto consolidado
1. Los departamentos del Consell con competencias en las materias que puedan tener incidencia en este ámbito tomarán especialmente en consideración a:
a) Las personas valencianas en el exterior, en el diseño y desarrollo de sus acciones y programas, a efecto de facilitar su acceso a los recursos públicos y especialmente para favorecerles el retorno a la Comunitat Valenciana.
b) Los Cevex, en el diseño y desarrollo de sus programas, a efecto de su toma en consideración en los ámbitos económico, social y cultural, reconociendo la especificidad propia de los Cevex.
2. Se favorecerá la visibilidad de las actividades de los Cevex entre la ciudadanía de la Comunitat Valenciana para la puesta en valor y reconocimiento de su acción.