Artículo 52. Régimen de la potestad sancionadora.
Artículo 52 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.
Texto consolidado
La potestad sancionadora en materia de juego se ejercerá de acuerdo con lo previsto en la Ley que regula en Cantabria el régimen jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como en la legislación sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la legislación sobre Régimen Jurídico del Sector Público, en las previsiones de esta ley y las disposiciones que la desarrollen.