Artículo 52. Órganos de participación ciudadana y asociativa.
Artículo 52 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-18.
Texto consolidado
Se establecen los siguientes órganos de participación:
a) El Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears.
b) Los consejos de servicios sociales insulares.
c) Los consejos de servicios sociales locales.