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Ley Derogada

Artículo 52. Declaración de Zonas Especiales de Conservación de Importancia Comunitaria.

Artículo 52 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja. · BOE-A-2003-7528

Atención: Ley 4/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde al Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja declarar mediante Decreto como Zonas Especiales de Conservación de Importancia Comunitaria aquellas Zonas de Especial Protección para las Aves o Lugares de Importancia Comunitaria que se sitúen en el territorio de la Comunidad Autónoma, seleccionados y designados como tales por la Comisión Europea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-02.

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