Artículo 52. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
Artículo 52 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. · BOE-A-2013-13616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, durante el ejercicio presupuestario de 2014 los recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria no superarán el importe de 63.500.000 miles de euros.