El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 52. Formalización de convenios.

Artículo 52 de la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias. · BOE-A-2017-11320

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-04.

Texto consolidado

La Administración de la Generalidad, la Administración local y las entidades públicas deben colaborar, dentro del ámbito de las competencias respectivas, para garantizar la aplicación de la presente ley. A tal fin pueden formalizar, en su caso, convenios de colaboración. Con la misma finalidad, por razones de agilidad y eficiencia, también pueden establecer convenios de colaboración con las entidades que representan a sectores profesionales y las que representan ámbitos territoriales de la distribución comercial y la prestación de servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-08-04.

Más artículos de Ley 18/2017

En El Vínculo puedes leer Ley 18/2017 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.