El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 52. Formalidades de los sorteos y de las elecciones.

Artículo 52 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

Texto consolidado

1. Los sorteos y demás actos necesarios para el desarrollo de los procedimientos conducentes a la elección de los miembros de los órganos de gobierno se realizarán de conformidad con lo establecido por las disposiciones reglamentarias aplicables y los Estatutos y Reglamento de procedimiento de designación de los miembros de gobierno de las Cajas de Ahorros. En todo caso, deberá estar garantizada la intervención de notario y la asistencia del Presidente de la Comisión de Control, o de otro miembro de ésta por delegación, y de un representante de la Consejería de Economía y Hacienda.

A todos ellos se les hará entrega del programa informático o cualquier otro soporte de medio automático o telemático que realice el sorteo para verificar la imparcialidad del mismo.

En la elección y designación de los miembros de los diferentes órganos de gobierno, deberá respetarse el criterio de proporcionalidad en las candidaturas de cada uno de los diferentes grupos.

2. La Comisión de Control habrá de comunicar a la Consejería de Economía y Hacienda cuantos nombramientos y ceses de los miembros de los órganos de gobierno se produzcan, incluso en los supuestos de provisión de vacantes, sin perjuicio de efectuar cualesquiera otras comunicaciones que resulten exigibles, de conformidad con la normativa aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

Más artículos de Ley 15/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 15/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.