El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 52. Trámite de audiencia.

Artículo 52 de la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón. · BOE-A-2001-15557

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-09.

Texto consolidado

1. En los procedimientos para la declaración de la situación de riesgo o de desamparo, así como para la aplicación, modificación y cese de las medidas de protección, se dará audiencia previa al menor si tuviere doce años cumplidos o suficiente juicio y, siempre que sea posible, a los padres o a quienes les sustituyan en el ejercicio de las funciones propias de la patria potestad o autoridad familiar.

2. En los mismos casos, siempre que sea posible y en virtud de lo establecido en las normas de Derecho civil de Aragón, se oirá a la Junta de Parientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-09.

Más artículos de Ley 12/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.