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Ley Vigente

Artículo 52. Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección.

Artículo 52 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género. · BOE-A-2007-16611

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-08.

Texto consolidado

1. El Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección dependiente del departamento competente en materia de igualdad es el encargado de recibir la comunicación de la totalidad de las órdenes de protección que se dicten en el territorio de Galicia.

2. A estos efectos, el Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección llevará a cabo un seguimiento individualizado de cada caso, poniéndose en comunicación con las mujeres que posean una orden de protección, con la finalidad de facilitarles cuanta información demanden y articular una actuación ordenada de los servicios asistenciales y de protección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-08-08.

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