Artículo 52. Del anillamiento científico.
Artículo 52 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón. · BOE-A-2015-5291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.
Texto consolidado
Todo cazador queda obligado a entregar al departamento competente en materia de caza las anillas y marcas de las aves que hayan sido abatidas por él.