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Ley Vigente

Artículo 52. Del anillamiento científico.

Artículo 52 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón. · BOE-A-2015-5291

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.

Texto consolidado

Todo cazador queda obligado a entregar al departamento competente en materia de caza las anillas y marcas de las aves que hayan sido abatidas por él.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-14.

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