Artículo 52. Principios de la actuación inspectora.
Artículo 52 del Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón. · BOA-d-2013-90259
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-14.
Texto consolidado
Las actividades de control e inspección industrial se realizarán con observancia de los principios de legalidad, objetividad, proporcionalidad, coordinación y eficacia, atendiendo como norma general a los ritmos de la actividad empresarial.