El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 52. Naturaleza y objeto del impuesto.

Artículo 52 del Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios. · BOE-A-2015-944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-15.

Texto consolidado

1. El impuesto sobre depósitos en entidades de crédito es un impuesto aplicable a las entidades de crédito que operen en el territorio del Principado de Asturias.

2. Es un impuesto de carácter directo que, en los términos establecidos en este capítulo, gravará la tenencia de depósitos de clientes que comporten la obligación de restitución por parte de las entidades mencionadas en el artículo 55.

Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 29 de abril de 2015 para las partes en el proceso y desde 15 de mayo de 2015 para los terceros, por providencia del TC de 12 de mayo de 2015, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2464/2015. Ref. BOE-A-2015-5370.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-5370.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2014

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.