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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 52. Liquidación.

Artículo 52 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

Texto consolidado

La tasa se autoliquidará por los sujetos pasivos en el momento que estos soliciten el correspondiente bastanteo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

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