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Decreto Vigente

Artículo 52.

Artículo 52 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. · BOE-A-1962-6167

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1962-04-02.

Texto consolidado

Siempre que se impugne la propiedad de un monte catalogado, figurará como demandado el Estado, además, en su caso, de la Entidad a quien el Catálogo asigne la pertenencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1962-04-02.

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