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Real Decreto Derogada

Artículo 51. Recepción de nuevos Académicos y Académicas de Número.

Artículo 51 del Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina. · BOE-A-2011-10783

Atención: Real Decreto 750/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La recepción de un nuevo Académico o Académica de Número se hará en sesión pública y solemne. En las sesiones de recepción se dará cuenta por el Secretario del acta especial de nombramiento, procediendo después el nuevo Académico a leer su discurso de ingreso. El Presidente conferirá a continuación en nombre de S.M. el Rey la medalla y el título correspondientes. Seguidamente el Secretario General le asignará el sillón propio del número y le dará el abrazo de bienvenida en nombre de los Académicos y del suyo mismo. A continuación, se dará lectura al discurso de contestación por el Académico de número que hubiera sido oportunamente designado. El Presidente cerrará el acto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

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