Artículo 51. Régimen presupuestario.
Artículo 51 del Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General. · BOE-A-2017-10221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-07.
Texto consolidado
1. El Consejo General actuará en régimen de presupuesto anual, único y nivelado, de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos. El ejercicio económico coincidirá con el año natural.
2. Los superávit y déficit presupuestarios, una vez aprobados, se asignaran o financiarán, respectivamente, según acuerde la Junta de Decanos.