Artículo 51. Motivación de providencias y resoluciones.
Artículo 51 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva. · BOE-A-1993-4678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-02-20.
Texto consolidado
Las providencias y resoluciones deberán ser motivadas en los casos previstos en la legislación del Estado sobre procedimiento administrativo común y cuando así se disponga en el presente Real Decreto o en el resto de la normativa deportiva.