Artículo 51. Asistencia a los cursos de capacitación.
Artículo 51 del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-06.
Texto consolidado
1. Para asistir a los cursos de capacitación para el ascenso a los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor, será seleccionado un número limitado de alumnos mediante evaluaciones previas, que serán realizadas conforme a lo que se establezca en la normativa que regule las evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil.
2. Las plazas que no sean cubiertas con motivo de aplazamientos, renuncias o bajas sobrevenidas en el curso, durante el plazo que se determine, podrán ser asignadas según el orden resultante del proceso de evaluación, en las condiciones que se precisen en la correspondiente convocatoria del curso.