Artículo 51. Empleados.
Artículo 51 del Real Decreto 127/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales. · BOE-A-2013-2608
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-10.
Texto consolidado
1. El Colegio dispondrá de los empleados suficientes para el adecuado funcionamiento de los distintos servicios encomendados y demás funciones administrativas.
2. Su relación laboral se regirá, en lo no previsto especialmente, por el convenio colectivo correspondiente y supletoriamente por el Estatuto de los Trabajadores.
3. Su contratación, con arreglo a criterios de selección objetiva, se decidirá por la Junta de Gobierno y será suscrita por el Secretario General que ostentará el cargo de Jefe de Personal.
4. La contratación de personal adscrito a las Delegaciones Territoriales o Autonómicas será decidido por la Junta de Gobierno, a propuesta de la Junta de Gobierno Territorial o Del Decano Territorial y será suscrita por el Secretario General.
5. Dependerán para todos los efectos del Secretario, que ostentará el cargo de Jefe de Personal.