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Real Decreto Vigente

Artículo 51. Controles cruzados de coherencia entre la solicitud única u otras solicitudes de ayuda por animales y otros registros administrativos relativos a los animales.

Artículo 51 del Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común. · BOE-A-2022-23047

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

Texto consolidado

1. Se establecerán los correspondientes controles administrativos con objeto de verificar automáticamente las condiciones de subvencionabilidad requeridas en las ayudas como puedan ser la titularidad de la explotación y de sus unidades de producción, su orientación productiva o los censos de animales en una fecha o periodo concreto. De igual forma se deberá verificar el cumplimiento de otros requisitos de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones necesarias para poder pagar las intervenciones por cabeza de ganado.

2. Para las ayudas asociadas, la autoridad competente obtendrá a partir de la información de las bases de datos del SITRAN la relación de animales que a priori cumplen con los requisitos para percibir la correspondiente ayuda; serán los denominados animales potencialmente subvencionables. No obstante, los animales potencialmente subvencionables con respecto a los cuales se constate que no están correctamente identificados o registrados en el sistema de identificación y registro de animales se contabilizarán como animales respecto a los cuales se han detectado incumplimientos, y por lo tanto serán animales no determinados para la ayuda en cuestión, pudiéndose tener en cuenta a la hora de calcular posibles penalizaciones en la solicitud de ayuda.

3. Asimismo, se llevarán a cabo cruces informáticos con otros registros, como los de los Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen Protegidas (DOPs) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGPs), los Libros genealógicos gestionados por las asociaciones de ganaderos o con el Sistema nacional de razas ganaderas (ARCA), para poder así determinar el cumplimiento de los requisitos de subvencionabilidad que se establezcan en cada ayuda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

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