Artículo 51. Terminación.
Artículo 51 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil. · BOE-A-2007-18392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-23.
Texto consolidado
La resolución que ponga fin al procedimiento habrá de dictarse conforme a lo previsto en el artículo 47 de esta Ley.