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Ley Foral Vigente

Artículo 51. Ayudas de emergencia.

Artículo 51 de la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres. · BOE-A-2015-4950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra habilitará una partida económica específica destinada a ayudas de emergencia, cuya finalidad será la de hacer frente de una manera inmediata a situaciones de emergencia social en que puedan encontrarse aquellas mujeres que, careciendo de medios económicos, hayan sido víctimas de una situación de violencia contra las mujeres o requieran dicha ayuda según el criterio profesional del personal que las atienda en los servicios sociales, equipos especializados, casas de acogida y centros o servicios de urgencia.

2. Reglamentariamente se establecerán los tipos y cuantías de dichas ayudas, así como su régimen de gestión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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