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Ley Vigente

Artículo 51. Reducción de los plazos de emisión de los informes en los casos de los proyectos que no estén sometidos a evaluación ambiental.

Artículo 51 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. · BOE-A-2021-5210

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-18.

Texto consolidado

En aquellos proyectos de instalaciones energéticas que no estén sometidos a evaluación de impacto ambiental, el plazo de emisión de los condicionados técnicos de las separatas del proyecto de ejecución se reduce a treinta días hábiles. De no recibirse estos condicionados en este plazo, se entenderá la conformidad con el proyecto, y se continuará la tramitación del procedimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-18.

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