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Ley Vigente

Artículo 51. Impugnación de los actos de los organismos públicos.

Artículo 51 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2005-14443

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-19.

Texto consolidado

Contra los actos y resoluciones de los organismos autónomos, así como contra los dictados en el ejercicio de potestades administrativas por las entidades públicas empresariales, caben los recursos administrativos o reclamaciones previas que procedan, previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-19.

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