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Ley Vigente

Artículo 51. Funciones de la presidencia de la asamblea.

Artículo 51 de la Ley 4/2010, de 29 de junio, de Cooperativas. · BOE-A-2010-14628

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-01.

Texto consolidado

Corresponden al presidente las siguientes funciones:

a) ordenar la confección de la lista de asistentes a cargo del secretario, decidiendo sobre las representaciones defectuosas,

b) proclamar el número de socios asistentes, y en su caso, declarar constituida la asamblea,

c) dirigir las deliberaciones, haciendo respetar el orden del día,

d) proclamar el resultado de las votaciones, y

e) decidir con arreglo a las previsiones estatutarias sobre la asistencia de personas no socias cuando resulte conveniente para los intereses de la cooperativa, salvo acuerdo en sentido contrario de la asamblea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-01.

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