Artículo 51. Objeto.
Artículo 51 de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. · BOE-A-2026-7558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-06-20.
Texto consolidado
El presente título tiene por objeto regular los instrumentos de prevención ambiental aplicables en el territorio andaluz, con el fin de evitar o corregir los posibles efectos adversos que determinadas actuaciones puedan generar sobre el medio ambiente.