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Ley Derogada

Artículo 51. Participación de la ciudadanía valenciana en el exterior.

Artículo 51 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4547

Atención: Ley 2/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Generalitat, a los efectos de esta ley, adoptará las medidas necesarias para fomentar y facilitar la participación efectiva de los ciudadanos y ciudadanas valencianos residentes en el exterior, en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que los residentes en la Comunitat Valenciana.

A los efectos del apartado anterior, se entiende por ciudadanos y ciudadanas valencianos en el exterior, los ciudadanos y ciudadanas españoles que hayan tenido su última vecindad administrativa en la Comunitat Valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-09.

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