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Ley Vigente

Artículo 51. Arrendamiento de bienes muebles.

Artículo 51 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana. · BOE-A-2003-10298

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-12.

Texto consolidado

Los arrendamientos con o sin opción de compra y los arrendamientos financieros de bienes muebles se someterán a la legislación de contratos de las administraciones públicas, correspondiendo su contratación al departamento interesado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-12.

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