Artículo 50. Procedimiento para la modificación de Estatutos.
Artículo 50 del Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2000-5013
Atención: Real Decreto 278/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La modificación de los Estatutos se realizará conforme a lo establecido en la legislación general de colegios profesionales.