Artículo 50. Modificación de la licencia.
Artículo 50 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental. · BOE-A-2005-7356
Atención: Ley Foral 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La licencia municipal de actividad clasificada podrá ser modificada, sin derecho a indemnización, por las causas previstas en el apartado 1 del artículo 14.