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Ley Foral Derogada

Artículo 50. Modificación de la licencia.

Artículo 50 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental. · BOE-A-2005-7356

Atención: Ley Foral 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La licencia municipal de actividad clasificada podrá ser modificada, sin derecho a indemnización, por las causas previstas en el apartado 1 del artículo 14.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-01.

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