Artículo 50. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
Artículo 50 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. · BOE-A-2015-11644
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.5 de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, durante el ejercicio presupuestario de 2016 los recursos ajenos del FROB no superarán el importe de 19.916.826 miles de euros.