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Ley Vigente

Artículo 50. De la Banda Joven de la Generalidad Valenciana.

Artículo 50 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música. · BOE-A-1998-13361

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

Texto consolidado

1. Se crea la Banda Joven de la Generalidad Valenciana, con la finalidad de ofrecer a los jóvenes músicos de la Comunidad Valenciana una formación bandística complementaria.

2. La composición y el funcionamiento de la Banda Joven de la Generalidad Valenciana será regulado reglamentariamente.

3. Se adscribe la Banda Joven de la Generalidad Valenciana al Instituto Valenciano de la Música.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

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