Artículo 50. Procedimiento para la adaptación de los suelos al Plan de ordenación del litoral de Galicia.
Artículo 50 de la Ley 12/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2015-2606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
El procedimiento para la adaptación de los suelos al Plan de ordenación del litoral de Galicia se ajustará a lo previsto en el artículo 102 del Decreto 20/2011, de 10 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan de ordenación del litoral de Galicia. La emisión del informe sectorial recogido en el punto 4 del citado artículo corresponde al órgano competente en materia de ordenación del territorio.