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Ley Vigente

Artículo 50. Responsables de las infracciones.

Artículo 50 de la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi. · BOE-A-2011-16754

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-09.

Texto consolidado

1. Son responsables de las infracciones, aun a título de mera inobservancia, las personas físicas o jurídicas que realicen las acciones u omisiones tipificadas en la presente ley.

2. Los titulares de las bibliotecas serán responsables administrativamente de las infracciones cometidas por su personal o por terceras personas que, sin vínculo jurídico funcionarial o laboral con aquéllos, presten servicios a los usuarios del Sistema Bibliotecario de Euskadi.

3. Los padres, tutores o personas que ejerzan la guarda del usuario menor de edad serán responsables subsidiarios de las sanciones pecuniarias que le sean impuestas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-09.

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