Artículo 50. Acuerdos de sujetos públicos no integrantes del sector público autonómico.
Artículo 50 de la Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia. · BOE-A-2021-5211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-04.
Texto consolidado
Los órganos, organismos y entes de las administraciones locales gallegas, las universidades públicas gallegas y otros sujetos de derecho público gallegos distintos de los integrantes del sector público autonómico podrán celebrar acuerdos internacionales administrativos y no normativos en los términos previstos en la normativa estatal y en la presente ley. Estos acuerdos deberán ser compatibles con la Estrategia gallega de acción exterior.
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