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Ley Vigente 4 redacciones

Artículo 50. Planes de regadíos y usos agrarios del agua para el aprovechamiento de la reserva de agua de uso exclusivo de los aragoneses.

Artículo 50 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. · BOE-A-2015-185

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-16.

Texto consolidado

El Gobierno de Aragón podrá elaborar aquellos planes de regadíos y otros usos agrarios, así como del resto de usos, que tengan por objeto el aprovechamiento de la reserva hídrica para uso exclusivo de los aragoneses, en el ámbito de sus competencias o mediante transferencia, encomienda o convenio con la Administración General del Estado.

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado por Sentencia 116/2017, de 19 de octubre. Ref. BOE-A-2017-13220

Se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado por Sentencia 116/2017, de 19 de octubre. Ref. BOE-A-2017-13220

Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de este precepto por auto del TC de 15 de diciembre de 2015. Ref. BOE-A-2015-13870.

Se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 31 de julio de 2015 para las partes en el proceso y desde el 16 de septiembre de 2015 para los terceros por providencia del TC que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4682/2015. Ref. BOE-A-2015-9945.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-11-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-13220.

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