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Decreto Legislativo Vigente 4 redacciones

Artículo 50. Naturaleza y afectación.

Artículo 50 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos. · BOCL-h-2013-90254

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-26.

Texto consolidado

1. El impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos, por las centrales nucleares y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión es un tributo propio de la Comunidad de Castilla y León que tiene naturaleza real y finalidad extrafiscal.

2. A efectos de este texto refundido, se define el parque eólico como la instalación de producción de electricidad a partir de energía eólica, situada en todo o en parte en el territorio de Castilla y León y constituida por uno o varios aerogeneradores interconectados eléctricamente con líneas propias, que comparten una misma estructura de accesos y control, con medición de energía propia, así como con la obra civil necesaria.

3. Los ingresos procedentes del impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión se afectarán a la financiación de los programas de gasto de carácter medioambiental y de eficiencia energética que se determinen en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad.

4. (Anulado)

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado del apartado 1 y el apartado 4 por Sentencia del TC 84/2020, de 15 de julio. Ref. BOE-A-2020-9772

Se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado el apartado 1 y el apartado 4 por Sentencia del TC 84/2020, de 15 de julio. Ref. BOE-A-2020-9772

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-26.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-4321.

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