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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 5.

Artículo 5 del Real Decreto 880/1990, de 29 de junio, por el que se aprueban las normas de seguridad de los juguetes. · BOE-A-1990-16514

Atención: Real Decreto 880/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los juguetes provistos del marcado «CE», previsto en el artículo 11, se presumirán conformes con las disposiciones del presente Real Decreto, incluidos los procedimientos de evaluación de la conformidad a que se refieren los artículos 8, 9 y 10.

La conformidad de los juguetes con las normas nacionales que incorporan las normas armonizadas presume la conformidad con las exigencias esenciales de seguridad mencionadas en el artículo 3.

2. Los juguetes para los que el fabricante no haya aplicado, o sólo lo haya hecho en parte, !as normas contempladas en el apartado 1, o en caso de ausencia de dichas normas, se supondrán conformes con las exigencias previstas en el anexo II cuando, tras haber recibido un certificado «CE» de tipo, su conformidad con el modelo autorizado haya sido certificada mediante la colocación del marcado «CE».

3. a) Cuando se trate de juguetes objeto de otras normas referentes a otros aspectos, en los cuales se disponga la colocación del marcado «CE», éste presumirá que los juguetes son igualmente conformes a las disposiciones de dichas normas.

b) No obstante, en caso de que una o varias de tales normas autoricen al fabricante a elegir, durante un período transitorio, el sistema que aplicará, el marcado «CE» señalará únicamente la conformidad con las disposiciones de las normas aplicadas por el fabricante.

Las referencias a las referidas normas, tal y como se publicaron en el «Boletín Oficial del Estado», deberán incluirse en los documentos, folletos o instrucciones exigidos en dichas normas y adjuntos a los juguetes o, en su defecto, en el embalaje.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-05-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1995-10148.

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