Artículo 5. Instalación.
Artículo 5 del Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. · BOE-A-2021-16407
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-02.
Texto consolidado
1. Proyecto de instalación.
A los efectos de cumplimiento de lo señalado en el artículo 4 del Reglamento de equipos a presión, la instalación de los equipos a que se refiere la presente ITC requerirá la presentación del proyecto instalación.
2. El proyecto de instalación incluirá, como mínimo, los siguientes apartados:
a) Memoria:
i. Características de los equipos que componen la instalación.
ii. Uso a la que se destinan los equipos, con indicación de los aparatos consumidores.
iii. Justificación de todos los requisitos reglamentarios que le sean de aplicación.
iv. Identificación de la tubería y de los equipos consumidores.
v. Consideración sobre la seguridad contra sobrepresiones, tamaño, ubicación y capacidad de descarga de las válvulas de seguridad.
b) Presupuesto.
c) Planos:
i. Plano de situación de la caldera y equipos incluidos en la ITC.
ii. Plano de implantación de la caldera con indicación de, entre otras, dimensiones generales, distancias a riesgos y características.
iii. Esquema de principio de la instalación, con indicación de la ubicación de los accesorios de seguridad.
d) Identificación de la empresa instaladora.