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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Instalación.

Artículo 5 del Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. · BOE-A-2021-16407

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-02.

Texto consolidado

1. Proyecto de instalación.

A los efectos de cumplimiento de lo señalado en el artículo 4 del Reglamento de equipos a presión, la instalación de los equipos a que se refiere la presente ITC requerirá la presentación del proyecto instalación.

2. El proyecto de instalación incluirá, como mínimo, los siguientes apartados:

a) Memoria:

i. Características de los equipos que componen la instalación.

ii. Uso a la que se destinan los equipos, con indicación de los aparatos consumidores.

iii. Justificación de todos los requisitos reglamentarios que le sean de aplicación.

iv. Identificación de la tubería y de los equipos consumidores.

v. Consideración sobre la seguridad contra sobrepresiones, tamaño, ubicación y capacidad de descarga de las válvulas de seguridad.

b) Presupuesto.

c) Planos:

i. Plano de situación de la caldera y equipos incluidos en la ITC.

ii. Plano de implantación de la caldera con indicación de, entre otras, dimensiones generales, distancias a riesgos y características.

iii. Esquema de principio de la instalación, con indicación de la ubicación de los accesorios de seguridad.

d) Identificación de la empresa instaladora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-02.

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