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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

Artículo 5 del Real Decreto 703/2017, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2017-7979

Atención: Real Decreto 703/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. A la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, bajo la superior autoridad del titular del Departamento, le corresponden las funciones siguientes:

a) La dirección y tutela de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, adscritas al Departamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros ministerios y a otras unidades del Departamento.

b) El impulso y la dirección de la ordenación jurídica del sistema de la Seguridad Social.

c) El impulso y la dirección de la planificación y el análisis económico y financiero del Sistema de la Seguridad Social.

d) La dirección y coordinación de la gestión de los recursos financieros y gastos de la Seguridad Social.

e) La planificación y tutela de la gestión ejercida por las entidades colaboradoras de la Seguridad Social.

f) La tutela, superior dirección y coordinación de la asistencia jurídica de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

g) Cualquier otra competencia que, legal o reglamentariamente, le esté atribuida.

2. De la Secretaría de Estado dependen los siguientes órganos directivos y unidades:

a) La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

b) La Intervención General de la Seguridad Social.

c) El Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

3. Como órgano de apoyo y asistencia inmediata al titular de la Secretaría de Estado existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que establece el artículo 14.3 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre.

4. Quedan adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Gerencia de Informática de la Seguridad Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-08.

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