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Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 5. Cuantía y financiación.

Artículo 5 del Real Decreto 524/2020, de 19 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Cultura y Deporte y sus organismos públicos a diversas entidades e instituciones culturales. · BOE-A-2020-5193

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-22.

Texto consolidado

Las subvenciones previstas en el artículo 3 se financiarán de acuerdo con el procedimiento, cuantías y con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se indican a continuación:

a) Subvenciones que no precisan modificación presupuestaria:

1.º A la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE): 171.600 euros con cargo a la aplicación 24.03.144A.488.02.

2.º A la Asociación de Archiveros, Bibliotecarios, Arqueólogos, Museólogos y Documentalistas (ANABAD): 25.000 euros con cargo a la aplicación 24.03.332B.484.07.

3.º A la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID): 89.000 euros con cargo a la aplicación 24.03.332B.484.06.

4.º A la Sociedad Española de Documentación e Información Científica (SEDIC): 25.000 euros con cargo a la aplicación 24.03.332B.484.08.

5.º A la Fundación Casa Medina Sidonia: 55.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.332A.484.04.

6.º A la Fundación MARCO para el Museo de Arte Contemporáneo de Vigo: 35.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.461.03.

7.º A la Fundación Artium para el Centro-Museo Vasco de Arte Contemporáneo Artium: 110.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.461.06.

8.º A la Fundación privada Antoni Tàpies: 68.740 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.01.

9.º A la Fundación Díaz Caneja: 61.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.05.

10.º A la Real Fundación Toledo para el Museo Victorio Macho: 22.030 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.10.

11.º A la Fundación Joan Miró de Barcelona: 90.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.14.

12.º A la Fundación Pilar i Joan Miró de Mallorca: 60.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.15.

13.º A la Fundación Museo Marítimo Ría de Bilbao: 75.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.25.

14.º A la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando: 624.930 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.48.

15.º A la Fundación Torner: 50.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.49.

16.º A la Fundación de Arte y Pensamiento Martín Chirino: 50.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.333A.485.52.

17.º Al Grupo Ciudades Patrimonio de la Humanidad de España: 210.000 euros con cargo a la aplicación 24.05.337C.485.02.

18.º A la Fundación Palau de la Música Catalana: 197.180 euros con cargo con cargo a la aplicación 24.107.335A.480.15.

19.º A la Asociación Cultural Red Española de Teatros, Auditorios y Circuitos de Titularidad Pública para circuitos de danza (Circuito Danza a Escena): 329.910 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.480.46.

20.º Al Circuito Estatal de Músicas Populares, Girando por Salas (GPS): 714.820 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.480.47.

21.º A la Asociación Bilbaína de Amigos de la Ópera: 617.500 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.485.01.

22.º A la Fundación del Festival de Ópera de Oviedo: 408.750 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.485.02.

23.º A la Asociación de Amigos Canarios de la Ópera: 115.920 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.485.03.

24.º A la Asociación de Amigos de la Ópera de A Coruña: 75.000 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.485.04.

25.º Al Festival Internacional de Música de Canarias: 150.000 euros con cargo a la aplicación 24.107.335A.485.05.

26.º A la Fundación Teatro de La Abadía: 369.120 euros con cargo a la aplicación 24.107.335B.454.08.

27.º A la Fundación Teatre Lliure-Teatre Public: 646.870 euros con cargo a la aplicación 24.107.335B.464.07.

28.º Al Festival Internacional de Cine de Donostia-San Sebastián, S.A.: 1.100.000 euros con cargo a la aplicación 24.103.335C.463.

29.º Al Festival de Cine de Málaga e Iniciativas Audiovisuales, S.A.: 100.000 euros con cargo a la aplicación 24.103.335C.462.

30.º A la Fundación Cultural Oficina Media España: 100.000 euros con cargo a la aplicación 24.103.335C.482.02.

31.º A la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España: 180.000 euros con cargo a la aplicación 24.103.335C.482.11.

b) Subvenciones que precisan modificación presupuestaria:

1.º A la Fundación Cultural Festival Internacional de Cine Iberoamericano de Huelva: 80.000 euros para la celebración del Festival de Cine Iberoamericano de Huelva y 81.460 euros para la cancelación del pasivo acumulado.

2.º A la Fundación privada Sitges Festival Internacional de Cinema de Catalunya, por importe de 125.000 euros.

3.º A la Asociación de Mujeres Cineastas y de Medios Audiovisuales: 50.000 euros.

4.º A la Fundación Centro Buñuel Calanda: 20.000 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-22.

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