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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Plantillas de destinos.

Artículo 5 del Real Decreto 431/2002, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional. · BOE-A-2002-9157

Atención: Real Decreto 431/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Por cada plantilla orgánica existirá una plantilla de destinos, cuya determinación será competencia de las mismas autoridades citadas en el apartado 3 del artículo anterior.

2. El Ministro de Defensa establecerá los criterios generales por los que se determinarán las plantillas de destinos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-12.

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