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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Infracciones y sanciones.

Artículo 5 del Real Decreto 429/2004, de 12 de marzo, por el que se establecen medidas de ordenación de la flota pesquera de cerco. · BOE-A-2004-4774

Atención: Real Decreto 429/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las infracciones a lo dispuesto en este real decreto serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-03-17.

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