Artículo 5. Clases de servidumbres aeronáuticas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-01.
Texto consolidado
Las servidumbres aeronáuticas que se regulan en este real decreto se clasifican en las siguientes categorías:
a) Servidumbres de aeródromo;
b) Servidumbres de instalaciones radioeléctricas aeronáuticas, que incluye las servidumbres de protección frente a la instalación de aerogeneradores; y
c) Servidumbres de limitación de actividades.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, y se modifica el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.