Artículo 5. Condiciones de referencia.
Artículo 5 del Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. · BOE-A-2013-5319
Atención: Real Decreto 355/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Conforme a lo previsto en los artículos 7, 8 y 10 del Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio. condiciones de referencia para los diferentes tipos de masas de agua superficial se presentan en las tablas del apéndice 3.
2. Antes de la próxima revisión del Plan Hidrológico se realizarán los estudios necesarios para la actualizar las condiciones de referencia en las distintas categorías y tipologías de masa de agua.
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