El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 5. Condiciones para ser elegible.

Artículo 5 del Real Decreto 300/2016, de 22 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. · BOE-A-2016-7604

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-09.

Texto consolidado

Serán condiciones para ser elegible:

a) Para todos los cargos: estar colegiado, en ejercicio de la profesión y no hallarse incurso en ninguna de las incompatibilidades previstas en la normativa aplicable.

b) Para los miembros de la Comisión Permanente: estar colegiado y en ejercicio de la profesión con un mínimo de diez años de antigüedad y, en los últimos tres años, de forma ininterrumpida.

c) Para los Representantes Nacionales de las Secciones Colegiales: formar parte de la Sección o Grupo correspondiente.

d) Para los representantes de la Universidad, de las Sociedades Científicas y de otras entidades médicas: ser miembro activo, con cargo ejecutivo en las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-08-09.

Más artículos de Real Decreto 300/2016

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 300/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.