Artículo 5. Instalación.
Artículo 5 del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. · BOE-A-2009-1964
Atención: Real Decreto 2060/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Proyecto de instalación.
A los efectos de cumplimiento de lo señalado en el artículo 4 del Reglamento de equipos a presión, la instalación de los equipos a que se refiere la presente ITC requerirá la presentación del proyecto instalación.
2. El proyecto de instalación incluirá, como mínimo, los siguientes puntos:
d) Memoria:
– Características de los equipos que componen la instalación.
– Uso a la que se destinan los equipos, con indicación de los aparatos consumidores.
– Justificación de todos los requisitos reglamentarios que le sean de aplicación.
– Identificación de la tubería y de los equipos consumidores.
– Consideración sobre la seguridad contra sobrepresiones, tamaño, ubicación y capacidad de descarga de las válvulas de seguridad.
e) Presupuesto.
f) Planos:
– Plano de situación de la caldera y equipos incluidos en la ITC.
– Plano de implantación de la caldera con indicación de dimensiones generales, distancias a riesgos, características, etc.
– Esquema de principio de la instalación, con indicación de la ubicación de los accesorios de seguridad.
d) Identificación del instalador.