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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Procedimientos intervencionistas.

Artículo 5 del Real Decreto 1976/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los criterios de calidad en radiodiagnóstico. · BOE-A-1999-24717

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-30.

Texto consolidado

Los procedimientos intervencionistas deberán ser realizados por médicos especialistas debidamente cualificados y con equipos de rayos X especialmente diseñados para esta práctica, instalados en salas específicas para este fin.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-12-30.

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