Artículo 5. Funcionamiento del Pleno.
Artículo 5 del Real Decreto 1953/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece las funciones y se actualiza la composición del Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. · BOE-A-1995-27264
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-20.
Texto consolidado
El Pleno del Comité Nacional FAO se reunirá en sesión ordinaria todos los años que hubiera conferencia general de la organización o conferencia regional para Europa.
Siempre que lo acordase su Presidente o a petición de dos tercios de los componentes del Pleno, podrá reunirse en sesión extraordinaria.
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